La medida indica que quienes busquen acceder a los beneficios tendrán que certificar que sus terrenos están dentro de las áreas afectadas.

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Tras los casos realizados entre los años 2013 y 2016, el Tribunal Oral Federal de la Ciudad de Mar del Plata, determinó penas de hasta 9 años y seis meses de prisión para seis integrantes de una banda neonazi que atacó verbal y físicamente a personas de la comunidad LGTB en dicho distrito.
El inédito fallo se posó sobre el delito de "organizar y formar parte de una agrupación destinada a imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor; por el delito de pertenecer a una organización y realizar propaganda basada en ideas o teorías de superioridad de una raza, religión o grupo étnico".
Los condenados son Alan Olea, Gonzalo Paniagua y Oleksander Levchenko, a nueve años y seis meses de prisión; Nicolás Caputo a ocho años y seis meses; Giuliano Spagnolo, a cinco años y seis meses; Franco Pozas, cuatro años y seis meses; mientras que fue absuelto Giordano Spagnolo.
César Sivo, abogado querellante de la causa, aseguró que esta dura condena "pone las cosas en su lugar: una organización basada en la intolerancia y el odio no tiene lugar, el único lugar para estas personas intolerantes y violentas es la cárcel".
"A la violencia no se le responde con violencia, se le responde con justicia". "Las organizaciones sociales permitieron que las personas que no se animaban a declarar tuvieran una contención". César Sivo, abogado querellante. #Neonazis #MardelPlata pic.twitter.com/YRUMQWTG5y
— M.Ar.M.E. (@MovimientoMArME) 4 de mayo de 2018
"Los acusados profesan una ideología totalitaria, racista y violenta, la dinámica del odio que estimula la ideología nazi conlleva a buscar la reafirmación frente al otro, frente al diferente, mediante la violencia, el objetivo ante el distinto, el inferior, el no ario, primero es hacerlo callar para después alejarlo y finalmente exterminarlo", aseguraron desde el Tribunal.
Los jueces Roberto Falcone, Mario Portela y Bernardo Bibel dispusieron el inmediato traslado de los condenados a la ciudad autónoma de Buenos Aires, donde serán alojados en la Unidad 28 del Servicio Penitenciario Federal.
La medida indica que quienes busquen acceder a los beneficios tendrán que certificar que sus terrenos están dentro de las áreas afectadas.
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