La medida indica que quienes busquen acceder a los beneficios tendrán que certificar que sus terrenos están dentro de las áreas afectadas.

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Un hombre acusado de abusar de su cuñada hipoacúsica y embarazarla fue absuelto por un tribunal de Impugnación este miércoles 15 de agosto.
El sospechado de violar a la joven de 22 años en un paraje cercano a la localidad neuquina de Zapala en 2016 había sido condenado a 6 años de prisión en primera instancia. Sin embargo, tras la apelación de la defensa, el nuevo fallo indignó a la familia de la víctima.
Ahora, tras la presentación realizada por la fiscalía, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) deberá determinar si existió consentimiento por parte de la joven y si padece retraso madurativo, como las pericias indicaron.
El caso fue descubierto a fines de 2016 por la madre de la muchacha tras advertir que ésta no había tenido su período.
"Se denuncia 5 meses después de que ocurre el hecho. La madre le pregunta por su período, porque no había utilizado toallitas, y la chica le dijo que no había pasado nada, y después de muchas idas y vueltas la madre denuncia porque la lleva al hospital y advierten que está embarazada, por lo que la chica termina denunciando", indicó el juez de Impugnación Alejandro Cabral, uno de los que revisó la primera sentencia.
Y agregó: "De la declaración de la chica no surge que haya dicho que no quería tener relaciones. Acá se dice que no tenía la capacidad para consentir libremente la relación pero sí para instar la acción penal, que es algo más complejo".
De aquí que, a partir de ahora, el TSJ deba definir si la víctima padece problemas madurativos y si hubo consentimiento o no.
En primera instancia, los jueces Jorge Alberto Criado, Leandro Nieves y Liliana Deiub habían apuntado: "Pese a que la mujer no quería, (el hombre) se aprovechó de la situación de vulnerabilidad de la víctima, quien no pudo y no puede consentir libremente la acción sexual debido a sus deficitarias condiciones psicofísicas provocadas por la hipoacusia, relacionada con problemas madurativos y nivel intelectual con deficiencia cognitiva leve a moderada".
La medida indica que quienes busquen acceder a los beneficios tendrán que certificar que sus terrenos están dentro de las áreas afectadas.
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