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Basándose en la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública, una cooperativa había solicitado a la Justicia que ordene al Gobierno a informar sobre el acuerdo al que se llegó con el Fondo Monetario Internacional (FMI), por el cual Argentina accedió a un crédito de US$50.000 millones.
Luego de ser rechazado en primera instancia por el fiscal Fabián Canda, por considerar que no se ajustaba al mecanismo que establece dicha norma, la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal María Alejandra Biotti desestimó el pedido también.
La magistrada negó la solicitud de la Cooperativa 22 de Mayo de Trabajo Limitada "in limine" (es decir, sin darle tratamiento) alegando que, primero, deberían instar al Poder Ejecutivo a que le brinde los datos requeridos y, si esto no sucede, recién allí recurrir a la Justicia.
En este sentido, apuntó que no existen motivos "suficientes para prescindir del cumplimiento de ese requisito legal".
El fallo de la Fiscalía coincide con lo argumentado por Biotti: "Surge del texto normativo la existencia de un mecanismo específico previo a la interposición de acciones judiciales tendientes a lograr el acceso a la información pública que, en el presente caso, no ha sido seguido por la accionante".
La Cooperativa 22 de Mayo buscaba conocer los alcances del arreglo con el organismo financiero, para lo que pedía "información clara, completa, detallada, suficiente y oportuna sobre las condiciones y los términos contractuales del empréstito público acordado con el Fondo Monetario Internacional".
Ahora, puede apelar a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal o tomar la recomendación de la jueza y el fiscal y demandar una respuesta por parte del Gobierno.

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