La medida indica que quienes busquen acceder a los beneficios tendrán que certificar que sus terrenos están dentro de las áreas afectadas.

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En un fallo que surgió gracias a la advertencia de un ciudadano cordobés, la Cámara Nacional Electoral solicitó al Congreso Nacional a modificar su composición.
El pedido tiene que ver con que la distribución de la cantidad de diputados nacionales está basada en el Censo Nacional de 1980 y no el último registro que existe, que data de 2010, por lo que un votante de Córdoba concluyó que "el valor de su voto es inferior al de los ciudadanos de otras provincias".
Haciendo lugar al planteo, la CNE exhortó a la Cámara de Diputados a tomar las medidas necesarias para ajustarse a lo establecido en el artículo 45 de la Constitución Nacional, que ordena adaptar la representación en el recinto a los registros del censo.
"Cuanto más exacta sea la relación entre la población de la República y el número de sus diputados, más fielmente se respetará el sabio plan de organización del Poder Legislativo adoptado por la Constitución argentina", argumentaron los jueces lberto Dalla Via y Santiago Corcuera.
En esta línea, alegaron que en el artículo citado se especifica que "después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada por cada diputado".
Finalmente, los magistrados apuntaron en la misma sentencia que "más allá de la adecuación que debe realizarse, el número de diputados no necesariamente habría de variar en mucho, lo que denota lo innecesario de la modificación en la partida presupuestaria correspondiente para solventar el gasto que implicaría la puesta en función de los eventuales nuevos cargos".
La medida indica que quienes busquen acceder a los beneficios tendrán que certificar que sus terrenos están dentro de las áreas afectadas.
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