La baja fue mínima con un número que en los hechos funciona como un empate técnico frente a noviembre de 2024.

Vuelve a frenar el consumo: en noviembre se cortó una racha de ocho meses de crecimiento
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Por medio de una resolución, la Dirección de Defensa del Consumidor estableció que los productos de la canasta alimentaria deben tener el valor del producto con el impuesto al valor agregado y la tarifa sin el mismo.

La Dirección de Defensa del Consumidor estableció mediante una resolución que los comercios exhiban los precios de los productos de la canasta alimentaria, con cartelería que permita comparar cuál es el valor con IVA y cuánto sale sin IVA.
Se trata de la resolución Nº 144, fechada el 22 de agosto, que lleva la firma de la directora Mónica Lucero, donde se determina que debe ser de cumplimiento para todos los establecimientos radicados en la provincia y que comercialicen a consumidores finales. La medida llega luego del decreto presidencial que estableció la quita del IVA a dichos productos.
De acuerdo con los fundamentos de la iniciativa, "resulta necesario que los productos alcanzados por la quita del IVA, sean debidamente identificados por los consumidores".
Por este motivo, la cartelería debe ser exhibida en la góndola y su tamaño "deberá permitir una fácil lectura por parte de los consumidores", según establece la norma.
Por otra parte, se aclara que el incumplimiento de la resolución, hará pasible al infractor de la imposición de las sanciones previstas en el artículo 57 de la Ley Provincial de Defensa del Consumidor Nº 5547.
La medida tendrá validez hasta el 31 de diciembre.

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