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El fallo representa un antes y después en la historia argentina. Conocé los detalles.

Un estremecedor caso tuvo lugar en la provincia de Entre Ríos: a pesar de que en Argentina el aborto es legal en caso de violación o si la salud de la mujer corre peligro, el Estado le negó la interrupción voluntaria de embarazo a una mujer en 2011.
La señora, que en ese momento tenía 36 años, sufría de patología cardíaca congénita, por lo que el caso significó un peligro para su salud. Sin embargo, ocho años después, y tras la denuncia de la mujer, el Estado decidió indemnizarla económicamente por los daños ocasionados.
La decisión la tomó la Sala II de la Cámara Segunda de Paraná. El juez Martín Furman, del Juzgado Civil y Comercial N° 7 de Paraná, determinó: “No hicieron todo lo que debieron haber hecho para evitar el daño”, con respecto al accionar de los médicos.
Además, el fallo del tribunal afirmó que los profesionales actuaron "culpablemente": "Encontró responsable al Estado Provincial de los daños derivados del accionar de los médicos bajo su dependencia y le impuso su reparación".
A su vez, explicó que fue afectado "su derecho humano fundamental como mujer de decidir no tener más embarazos por un medio anticonceptivo lícito”, y calificó la decisión de negar el aborto como "reprobable y antijurídica".
Con el embarazo, su salud comenzó a empeorar poco a poco, por lo que decidió realizar un aborto en el Hospital San Martín; sin embargo, los médicos del lugar se unieron para evitar que suceda.
Por lo tanto, tuvo que seguir adelante con su embarazo. Meses más tarde, tuvo que ser trasladada al Hospital Posadas, en donde el bebé nació con carácter de urgencia. En cuestión de días, su pequeño sufrió un accidente cerebrovascular y la mujer un ACV.
Tras lo sucedido, el Estado deberá pagarle a la mujer un total de $448.000, con intereses y costas, por daños y perjuicios.

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